La ADSCV, galardonada con uno de los premios Mejores Ideas de Diario Médico por su jornada práctica sobre los conflictos derivados de la asistencia médica y quirúrgica a menores de edad

La Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana  ha sido galardonada con el Premio Mejor Idea 2018 de Diario Médico en la categoría de «Profesión».

La 17º edición de los premios Las Mejores Ideas 2018 de Diario Médico hace un reconocimiento a las instituciones y empresas que vuelcan su esfuerzo en explorar nuevos territorios en medicina y asistencia sanitaria. La categoría «Profesión» reconoce iniciativas dirigidas a mejorar el ejercicio y la formación de los profesionales médicos y relacionadas con su ámbito laboral.

Carlos Fornes, presidente de la ADSCV, ha sido el encargado de recoger el premio y ha afirmado que «nuestra Asociación tiene como uno de sus objetivos principales ofrecer a los profesionales sanitarios formación de carácter práctico. Estamos muy agradecidos por este reconocimiento y seguiremos trabajando en la misma dirección».

Jornada práctica sobre conflictos derivados de la asistencia médica a menores de edad

La ADSCV, formada por profesionales sanitarios, abogados, investigadores y académicos, fue concebida desde su creación, en abril de 2016, como un punto de encuentro de los profesionales de la Comunidad Valenciana vinculados al sector jurídico sanitario, a los que ofrece asistencia formativa. En este contexto, la Adscv organiza con regularidad jornadas prácticas dirigidas a profesionales sanitarios y a estudiantes de Medicina y de Derecho, en el marco del convenio que la Asociación tiene con la Universidad CEU Cardenal Herrera.

La iniciativa premiada por Diario Médico se celebró en mayo de este año y analizó los conflictos que pueden surgir en la asistencia médica y quirúrgica a los menores de edad. La jornada, inaugurada por Beatriz Hermida, vicedecana de Derecho de la Universidad CEU Cardenal Herrera, y por Carlos Fornes, presidente de la Asdcv, tuvo como ponente de honor a María Ibáñez Solaz, magistrada de la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Valencia. Ibáñez Solaz aprovechó su intervención para poner sobre la mesa los puntos fundamentales de los distintos conflictos de intereses que pueden surgir cuando se requiere la firma de un consentimiento informado para tratar a un menor de edad.

Así, la magistrada recordó que, en estos casos, los facultativos se encuentran con el conflicto existente entre dos derechos fundamentales: el derecho a la vida y el derecho a la autonomía y libertad de decisión. La pauta de actuación más lógica es considerar, según ella, que, en las atenciones de escasa importancia o relevancia, basta el consentimiento del progenitor que ostente la guarda y custodia.

En decisiones más graves y trascendentales, el consentimiento lo deben prestar ambos progenitores, siempre que ostenten la patria potestad, y, si no hubiese acuerdo y la urgencia lo permitiese, debe acudirse a la autoridad judicial para que adopte la decisión correspondiente, recordó la magistrada de Valencia.

La magistrada expuso como caso práctico el de los testigos de Jehová, y concretamente su negativa a recibir transfusiones de sangre, basándose en una interpretación literal de varios pasajes de La Biblia. En el caso de que el afectado por esta negativa sea un menor, y al tratarse de un conflicto de intereses, Ibáñez Solaz explicó que es la autoridad judicial competente la que debe decidir, con intervención del Ministerio Fiscal, “que es el que debe emitir su dictamen con carácter preferente y urgente”. Además, si la urgencia del caso lo exige, debe tramitarse en el juzgado de guardia.